La importancia de evaluar la incapacidad permanente después de un accidente laboral
En las últimas semanas han llegado a nuestra oficina varios trabajadores con una historia muy parecida. Sufrieron un accidente mientras trabajaban. Fueron atendidos, algunos en una mutual y otros en la red pública. Recibieron tratamiento, rehabilitación y finalmente el alta médica. Sin embargo, algo no volvió a ser igual.
Uno de esos casos fue el de un trabajador que cayó desde altura y quedó con una lesión importante en el pie. Fue operado, hizo kinesioterapia y con el tiempo le dieron el alta. En el papel estaba recuperado. En la realidad, no podía caminar como antes, no podía estar largas jornadas de pie y claramente no podía desempeñar las mismas funciones que realizaba antes del accidente.
Y ahí aparece la gran confusión. Muchas personas creen que el alta médica significa que el problema terminó. Pero no siempre es así. El alta solo indica que el tratamiento activo finalizó. No significa necesariamente que no existan secuelas permanentes.
La Ley N° 16.744 establece que las secuelas derivadas de un accidente del trabajo deben evaluarse para determinar si existe incapacidad permanente. Esa evaluación es fundamental, porque permite fijar un porcentaje de pérdida de capacidad laboral y, en su caso, activar el derecho a una indemnización o incluso a una pensión. Sin esa evaluación formal, el daño queda en una especie de limbo.
Por otra parte, cuando el empleador está afiliado a una mutual, es esa entidad la que debe realizar la evaluación. Si no está afiliado, el administrador del seguro es el Instituto de Seguridad Laboral. Pero en la práctica muchas veces esto no ocurre. Hemos visto casos en que el empleador envía al trabajador al hospital público y el accidente se trata como si fuera común, no laboral. O simplemente no se denuncia. Y el trabajador, concentrado en recuperarse, no sabe que ese detalle puede afectar sus derechos futuros.
Es importante entender que la naturaleza laboral del accidente no la define el empleador. Si el hecho ocurrió a causa o con ocasión del trabajo, puede solicitarse su calificación como accidente laboral, incluso si en un comienzo fue tratado como común. A veces las personas llegan meses después del accidente, pensando que ya no hay nada que hacer. Pero si existen secuelas actuales que pueden vincularse con ese hecho, todavía puede analizarse la situación.
También en ocasiones el empleador niega que el accidente haya sucedido en la empresa. Eso no cierra el camino. El trabajador puede acudir directamente al organismo administrador del seguro para que investigue y califique el accidente. Si hay rechazo, existen instancias de reclamación. En casos de informalidad laboral, puede ser necesario acudir a tribunales para que se declare la existencia de la relación laboral. La falta de contrato escrito no significa ausencia de derechos.
Lo que más preocupa es la cantidad de trabajadores que quedan con limitaciones reales, pérdida de movilidad, dolor crónico, disminución de fuerza en una extremidad, y que no han sido evaluados respecto de una posible incapacidad. Incluso, en agunos casos, siguen trabajando como pueden, cambian de funciones o simplemente asumen que esa pérdida forma parte del costo del accidente.
La incapacidad permanente no es lo mismo que un certificado de discapacidad para fines sociales. Son procedimientos distintos. En materia laboral, lo relevante es que se determine formalmente si existe una pérdida de capacidad de trabajo derivada del accidente.
Cada caso es distinto y requiere revisar antecedentes médicos, fechas, documentos y el contexto en que ocurrió el hecho. Pero lo que no debería ocurrir es que una persona quede con una secuela permanente sin que nadie haya evaluado jurídicamente esa situación.
Muchas veces el problema no es solo el accidente. Es el desconocimiento posterior.
Si alguien sufrió un accidente trabajando, fue atendido como accidente común, eventualmente el empleador lo negó o fue dado de alta pero no puede desempeñarse como antes, vale la pena detenerse y revisar el caso con calma. A veces todavía hay derechos que no se han activado.
